Formación en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo

Casino Mediterráneo

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Pregunta 1:
¿Es cierto que el personal directivo en ningún caso podrá ser sancionado por cometer alguna infracción de las tipificadas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, ya que las mismas únicamente se impondrán al titular de la explotación?

Pregunta 2:
Si un cliente quiere cambiar divisas, por fichas por importe de 3.000 euros

Pregunta 3:
Si una Persona con Responsabilidad Pública pretende entrar en nuestro Casino, ¿cómo debemos actuar?

Pregunta 4:
Si un cliente pretende que le emitamos una certificación de ganancias en el Casino por valor de 8.000 euros

Pregunta 5:
¿Qué se ha de entender como cliente habitual?

Pregunta 6:
Si un empleado detecta que un cliente está intentado realizar alguna operación de las descritas en el manual como sospechosa de blanqueo ¿cómo ha de actuar?

Pregunta 7:
¿Qué es el OCIC?

Pregunta 8:
¿Qué organismo supervisa el cumplimiento de la normativa de PBC/FT en España?

Pregunta 9:
Se ha de identificar, entre otros supuestos a los clientes que compren fichas por importe igual o superior a 2.000€ en efectivo

Pregunta 10:
¿Qué indicadores de alerta podrían sugerir actividades de blanqueo en un casino?